| Un cheque es una orden de pago pura y simple librada contra el banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente bancaria, o está autorizado para girar en descubierto. En tanto "orden" dada al banco, el cuentacorrentista a través del cheque hace uso de la disponibilidad de crédito con que cuenta. Existen tres clases de cheques: los cheques comunes, los de pago diferido y los cancelatorios. Los cheques comunes son pagaderos el día de su presentación (que no puede exceder de 30 días contados desde su emisión). Los cheques de pago diferido constituyen una orden de pago librada por un plazo de entre 1 y 360 días a partir de | |
| su emisión (en este caso también hay un plazo máximo de 30 días para presentar el cheque desde la fecha de vencimiento fijada por el librador para el pago). El cheque común es una orden de pago pura y simple librada contra un banco, en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en una cuenta corriente o autorización para girar en descubierto. El cheque de pago diferido es una orden de pago librada a días vista, a contar desde su presentación para registro en una entidad autorizada, contra esta u otra entidad en la cual el librador, a la fecha de vencimiento, debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto, dentro de los límites de registro que autorice el banco girado. El cheque cancelatorio es un medio para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero. A diferencia de los demás tipos de cheques, los cheques cancelatorios son emitidos por el BCRA (quien los entrega a los bancos en consignación a medida que las entidades registran pedidos del público). Tienen una validez de 30 días corridos desde la fecha que figura en el documento, y pueden tener hasta dos endosos. Además, tienen la particularidad de ser un instrumento bimonetario, ya que pueden ser reclamados al banco en pesos o en dólares según lo prefiera su legítimo tenedor, y son emitidos con sólo tres denominaciones: $5.000, $10.000 y $50.000. Los elementos que debe contener un cheque son:
Los cheques pueden depositarse en una cuenta bancaria o cobrarse por ventanilla mediante la presentación de un documento que identifique al beneficiario. Los cheques con cruzamiento general o especial pueden ser pagados directamente a los clientes (titulares de cuentas corrientes y/o de cajas de ahorros de la entidad girada), mientras que los cheques librados con la cláusula “Para acreditar en cuenta” solo pueden efectivizarse mediante el deposito en una cuenta bancaria. Aquellos cheques por montos superiores a $50.000 no pueden cobrarse por ventanilla, salvo que se trate de cheques librados a favor de los titulares de las cuentas sobre las que se giren, o de valores a favor de terceros destinados al pago de sueldos y otras retribuciones de carácter habitual por importes que comprendan la nómina salarial en forma global. Entre las causas por las que un cheque puede ser rechazado se encuentran:
Aquellos cheques extendidos a favor de una persona pueden transmitirse por endoso, siempre que no hayan sido librados con cláusula “no a la orden” seguida del beneficiario designado por el librador. El límite de endosos es de un endoso para los cheques comunes y de dos endosos para los cheques de pago diferido. En el caso de que la cantidad de endosos exceda la permitida, los cheques presentados al cobro serán rechazados por la causal “otros motivos”. | |
martes, 12 de mayo de 2015
Un cheque
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